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[04/04/2008]
DELITO CONTRA LA SEGURIDAD DEL TRAFICO
Se ha dictado la primera sentencia absolutaria por un delito contra la seguridad del trafico por impregnación alcoholica
El Juzgado de lo Penal número 4 de Pamplona ha dictado una sentencia absolutoria en favor de un conductor juzgado por superar en 0,60 mg la tasa de alcohol en aire espirado. Se trata del primer fallo que absuelve en España a un conductor por estos hechos desde la reforma del Código Penal del 1 de diciembre de 2007. El titular del juzgado le absuelve al estimar que el etilómetro con el que se mide la tasa de alcohol tiene un margen de error del 7,5 por ciento. En el presente caso, el conductor arrojó una tasa de alcohol de 0,63, una cifra que podría rebajarse al 0,47 si se le aplica el margen de error del 7,5 por ciento, expone el juez en la sentencia. El juez señala que, teniendo en cuenta el margen del etilómetro, "no se ha practicado prueba de cargo suficiente para enervar el derecho a la presunción de inocencia consagrado en nuestro ordenamiento constitucional por lo que se debe dictar sentencia absolutoria del acusado con todos los pronunciamientos favorables", sin perjuicio de que se le aplique sanción administrativa. El delito sólo está contemplado para tasas superiores a 0,60.Los hechos tuvieron lugar el 20 de enero de 2008, sobre las 11.20 horas, en un control preventivo de la Guardia Civil en la carretera NA-4000, entre Lesaka y Oyarzun. Sometido el acusado a la prueba de alcoholemia, arrojó un resultado positivo de 0,63 miligramos en los dos test que se le practicaron.